Sinopse
Entre los principios y fines que debenregir nuestro sistema educativo, según la Ley Orgánica 2/2006, de 3de mayo, de Educación, figuran laflexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas ynecesidades del alumnado, así como la calidadde la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. Corresponde a las Administracioneseducativas, por tanto, arbitrar las medidas y recursos necesarios para estimular el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional del alumnado. Entre dichas medidas, comoestablece la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,de Educación de Andalucía, debe contemplarse identificar lo antes posible al alumnado conaltas capacidades intelectuales.Por tanto, cuando las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado, seasocian con altas capacidades intelectuales, elcumplimiento de los principios y fines citadosen el párrafo anterior, exigen la puesta en marcha de procesos de identificación y valoraciónde las necesidades educativas presentadas, asícomo la adopción de planes de acción adecuados a las mismas.